Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37889

N° Receptoría:

Fecha: 2007-07-06

Carátula: Of. Dto: ZERENE Jorge y Otros c/CRESPO Jorge O. s/ord. S/ Oficio Directo

Descripción: audiencia

En General Roca, provincia de Río Negro, siendo las 10,30 hs. del día 06 de julio de 2.007, comparece a la audiencia fijada en autos el Dr. Jorge Crespo, persona autorizada para el diligenciamiento del oficio y una persona citada como testigo quien previo juramento de ley dijo ser y llamarse: Valeria Natalia Soto D.N.I. 29.581.208, mayor de edad, soltera, empleada, domiciliada actualmente en Chile 526 de General Roca, quien responde a tenor del interrogatorio obrante a fs. 2.-PRIMERA: No los conoce, personalmente no, a Jorge Crespo lo conozco porque tenemos una relación laboral, las demás no le comprende. SEGUNDA: trabajo de enero de 2001 en el estudio Jurídico del DR. Crespo que queda en Mitre 350 y el horario es el comercial de mañana y tarde.. TERCERA: que no. CUARTA: si recibi llamadas en el 2005. y sé que es en el 2005 porque tenemos registro de las llamadas y de las personas que van a la oficina. QUINTA: que no. SEXTA: tiene un señor por un tema penal. SEPTIMA: que si. En este estado el Dr. amplía el interrogatorio. 8 Para que diga la testigo si hay posibilidad que estas personas fueron al estudio sin que haya lo advierta. CONTESTo: que no porque yo trabajo de lunes a viernes y de mañana y tarde, el horario que está abierto el estudio. 9 ...Si atiendo profesionalmente, en el estudio trámites relacionados con materias diferentes al derecho penal. CONTESTO: que no porque eso lo hace otro doctor que trabaja en la oficina el Dr. Schmith hace laboral y civil, Crespo solo penal,. Razón de sus dichos por ser de su conocimiento. No siendo para más se da por finalizado ela cto, firmando los comparecientes previa lectura y ratificación por ante mi que doy fe.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

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Poder Judicial de Río Negro