Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37802

N° Receptoría:

Fecha: 2007-07-06

Carátula: EXPOFRUT S.A. c/BANASUR S.R.L. y Otro S/ Ejecutivo

Descripción: trance y remate

General Roca, 06 de julio de 2007.-

AUTOS Y VISTOS: En estos autos: "EXPOFRUT S.A. C/BANASUR S.R.L. Y OTRO S/EJECUTIVO" (37.802-III-07) y no habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, según informa la Actuaria en este acto, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar.-

Por ello, con lo pedido y lo dispuesto por el art. 531 del C.P.C.;

FALLO: Esta causa de trance y remate, mandado llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado BANASUR S.R.L. y Juan Carlos Grispino haga al acreedor EXPOFRUT S.A. íntegro pago del capital reclamado de $ 50.000.- con más sus intereses, costos y costas de la ejecución (art. 68 y 551 CPC); regulándose en tal concepto los honorarios del Dr. Justo Emilio Epifani en $ 1.800 Hugo Raúl Epifanio en $ 2.250 y Néstor Hugo Reali en $ 2.250 (art. 6,7 y 40 de la ley 2212).-

Cúmplase con la ley 869.-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquella (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 R.N.).-

Téngase a los demandados, constituido domicilio en los Estrados del Tribunal.-

Glósese la documentación de fs. 10/12.-

Agréguese el mandamiento y el recibo acompañado.-

Notifíquese y regístrese.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

NOTA: De haberse glosado. CONSTE.-

JOSÉ A. VILLACORTA

Jefe de Despacho

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