Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0485/2006

N° Receptoría:

Fecha: 2007-07-03

Carátula: PAEZ DANIELA RENE C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO Y OTROS S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Descripción: aclare

EXPTE. Nº 0485/2006

CARATULA: PAEZ DANIELA RENE C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO Y OTROS S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Viedma, julio de 2007.-

Toda vez que de las constancias de la causa surgen diferencias en los nombres de los demandados Lamacchia, Frascarolo y Oviedo y a los fines de evitar posibles futuras nulidades, hágase saber que previo a todo deberá denunciarse en forma concreta los nombres de los mencionados.-

Sin perjuicio de ello, teniendo en cuenta el domicilio que surge de la información obrante a fs. 183 respecto a Lamacchia y Oviedo y lo oportunamente informado por el sr. Juez de Paz de Valcheta a fs. 176, hágase saber que deberá cumplirse con el diligenciamiento del oficio dirigido al Registro Nacional de Electores ordenado a fs. 178.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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Poder Judicial de Río Negro