Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36383

N° Receptoría:

Fecha: 2007-07-03

Carátula: TARJETA AUTOMATICA S.A. C/IZQUIERDO Ana C. y Otra S/ Ejecutivo

Descripción: regulacón acrecidos-A CHEQUE

//neral Roca, 3 de JULIO de 2007.=

Regulo por acrecidos los honorarios de la Dra. Marcela Adriana Saitta en la suma de $ 75.- (M.B. $ 913,23.-capital honorarios y gastos fs. 52- arts. 6, 7 y 40 ley 2212).-

Respecto a los honorarios complementarios, estando suficientemente retribuida la actuación por el importe fijado en concepto de honorarios a fs. 21 de acuerdo al capital tomado en cuenta en aquella oportunidad, a lo solicitado, no ha lugar.

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

Líbrese cheque a la orden de Marcela A. Saitta por la suma de $ 23,94.- en concepto de: saldo de liquidación aprobada a fs.83.

Téngase presente la conformidad de Caja Forense formulada en el otro si digo.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

En........se libró cheque N°........-CONSTE.

En.........retiro cheque Dra. SAITTA. Conste.

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Poder Judicial de Río Negro