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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 32685III
Fecha: 2007-07-03
Carátula: MARTIN de Berenguer Marta G. y O. c/IPPV y otro S/ Ordinario
Descripción: providencia
General Roca, 03 de julio de 2007.-
Proveyendo a fs. 702: Atento los argumentos expuestos por el recurrente y lo dispuesto por el art. 55 de la Constitución Provincial y no surgiendo de autos el cumplimiento de la normativa vigente para habilitar la ejecución contra la Provincia demandada, revocase por contrario imperio el auto de fs. 701 y a los fines de cumplir con dicha norma legal, librese oficio a la Legislatura y a la Subsecretaria de Hacienda de la Provincia de Rio Negro, a lo fines de que incluya en el proximo presupuesto la condena firme obrante en autos respecto de los honorarios de la perito tasadora.-
Atento la forma de resolver no se concede la apelación deducida en forma subsidiaria.-
Notifíquese.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro