Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 32685III

N° Receptoría:

Fecha: 2007-07-03

Carátula: MARTIN de Berenguer Marta G. y O. c/IPPV y otro S/ Ordinario

Descripción: providencia

General Roca, 03 de julio de 2007.-

Proveyendo a fs. 702: Atento los argumentos expuestos por el recurrente y lo dispuesto por el art. 55 de la Constitución Provincial y no surgiendo de autos el cumplimiento de la normativa vigente para habilitar la ejecución contra la Provincia demandada, revocase por contrario imperio el auto de fs. 701 y a los fines de cumplir con dicha norma legal, librese oficio a la Legislatura y a la Subsecretaria de Hacienda de la Provincia de Rio Negro, a lo fines de que incluya en el proximo presupuesto la condena firme obrante en autos respecto de los honorarios de la perito tasadora.-

Atento la forma de resolver no se concede la apelación deducida en forma subsidiaria.-

Notifíquese.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro