include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 27310III
Fecha: 2007-07-03
Carátula: BANCO DE LA PAMPA c/CAMPOS Néstor O. S/ Ejecución Prendaria
Descripción: intimación//oificio Penal 10//oficio observ.
General Roca, 03 de julio de 2007.-
Habiéndose recibido el oficio 2325/07 LV librado en los autos:"CHEUQUEPAN CARDEN HECTOR LUIS S/INFR. ART. 289 C.P. que tramitan por ante el Juzgado de Instrucción N* 10, solicitando se informe si se tiene interés en el secuestro del motor N* 34193710097914, intímese al Banco La Pampa S.A., actor en autos, a que en el término de dos días responda a ello, bajo apercibimiento de consideralo desinteresado de dicho acto.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
General Roca, 03 de julio de 2007.-
Habiéndose recibido el oficio 2325/07 LV en los autos:"CHEUQUEPAN CARDEN HECTOR LUIS S/INFR. ART. 289 C.P. que tramitan por ante el Juzgado de Insatrucción N* 10, e informando el Actuario que se ha intimado al Banco de La Pampa S.A., actor en autos, a que manifieste si le interesa el secuestro del motor N* 34193710097914, por el término de dos días, se hace saber que con su respuesta se le informará oportunamente al Juzgado de Instrucción.-
Certifique el Actuario.-
Sirva la presente de atenta nota.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
SR. JUEZ:
CERTIFICO: Que por ante esta Secretaría a mi cargo tramitan los autos caratulados: BANCO DE LA PAMPA S.A. C/CAMPOS NESTOR S/EJECUCION PRENDARIA (27.310-III-96), en los cuales a fs. 11 obra copia del contrato de prenda con registro de un colectivo marca Mercedes Benz modelo D 170, ao de fabricación 1979, con motor marca Mercedes Benz N* 341937-10-097914, Carrocería N* 341-252-10-002355, el acreedor es Banco de Coronel Dorrego S.A.
A fs. 25 se ordenadó librar mandamiento de ejcución, embargo y secuestro del bien prendado mencionado precedentemente, contra Néstor O. Campos, por las sumas de $ 8.000 en concepto de capital, con más la suma de $ 3.200 que se calculan para costas.-
A fs. 74 se presenta el actor manifiestando que el crédito que se ejecuta en este juicio integra parte del activo transferido por el ex Banco de Coronel Dorrego y Trenque Lauquen S.A. al Banco de La Pampa.-
A fs. 175 se decretó la inhbición general del demandado para vender y/o gravar sus bienes.-
A fs. 213 en fecha 28 de septiembre de 2001, se ordenó reinscribir la prenda y embargo librándose oficio al Registro de Creditos Prendarios de Cipolletti, lo que se encuentra realizado a fs. 232.-
A fs. 312 se ordena proceder ala reinscripción de la prenda respecto del automotor Dominio S 0395703.-
Secretaría, 03 de julio de 2007.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
<*****>
Poder Judicial de Río Negro