Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 32928IV

N° Receptoría:

Fecha: 2005-08-12

Carátula: BANCO BANSUD S.A. c/AGRESTE Marta G. S/ Ejecutivo

Descripción: previo ala subasta//cédula

cédula a regina para la demandad, notificadno los embargos

General Roca, 12 de agosto de 2.005.-

Previo a lo solicitado en el punto I, deberá acompañarse certificado de inhibición de la ejecutada.-

Respecto de los inmuebles Lote 2 Ch. 116. T. 842 F. 130 Fca. 9401 y UF. 19 Pol. 05-01 Tomo 21 F. 98, deberá acompañarse, condiciones de dominio, gravamenes e inhibiciones, certificaciones de deduas (D.P.A, D.G.R. Municipalidad),Valuación fiscal, notificar al demandado del embargo, y copia del título de propiedad, asimismo deberá estarse a la devolución del oficio diligenciado, cuya constancia obra a fs. 107.-

Concédese el préstamo solicitado por el término de 72 hs.-

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Poder Judicial de Río Negro