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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 32928IV
Fecha: 2005-08-12
Carátula: BANCO BANSUD S.A. c/AGRESTE Marta G. S/ Ejecutivo
Descripción: previo ala subasta//cédula
cédula a regina para la demandad, notificadno los embargos
General Roca, 12 de agosto de 2.005.-
Previo a lo solicitado en el punto I, deberá acompañarse certificado de inhibición de la ejecutada.-
Respecto de los inmuebles Lote 2 Ch. 116. T. 842 F. 130 Fca. 9401 y UF. 19 Pol. 05-01 Tomo 21 F. 98, deberá acompañarse, condiciones de dominio, gravamenes e inhibiciones, certificaciones de deduas (D.P.A, D.G.R. Municipalidad),Valuación fiscal, notificar al demandado del embargo, y copia del título de propiedad, asimismo deberá estarse a la devolución del oficio diligenciado, cuya constancia obra a fs. 107.-
Concédese el préstamo solicitado por el término de 72 hs.-
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Poder Judicial de Río Negro