Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 25193III

N° Receptoría:

Fecha: 2007-06-29

Carátula: GELARDI Angela S/ Sucesión

Descripción: regulacion por dos etapas

General Roca, 29 de JUNIO de 2007.-

VISTOS Y CONSIDERANDO: Para resolver en estos autos caratulados: “GELARDI ANGELA S/SUCESION (25.193-III-92)”.-

RESUELVO: Regular, por las dos primeras etapas los honorarios profesionales del Dr. Hugo Raúl Epifanio y Eduardo Horacio Hardziej en la suma de $ 1.196 y $ 2.990 respectivamente, a cargo de los herederos.- (M.B. 50% correspondiente a la valuación de fs. 71, conforme condominio de fs. 73/4, $ 32.002,15- arts. 6, 7, 24 y 43 L.A. 2412.-)

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).

Previo a regular por la tercera etapa deberá acompañarse libres deudas de los inmuebles D.C. 05.1-D-814-15 A y 05-1-D-814-15B y certificado de inhibiciones del causante.-

NOTIFIQUESE Y REGISTRESE.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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