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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 27029III
Fecha: 2007-06-28
Carátula: VERBAUWEDE Raúl C/LAGOS Dagoberto y O. S/ Sumario
Descripción: Multa
//neral Roca, 28 de JUNIO de 2007.=
Atento las constancias de fs. 222 y 229, haciendo efectivo el apercibimiento dispuesto por el art. 399 del C.P.C, corresponde la aplicación a la Legislatura de Rio Negro un multa diaria de $ 30, por cada día de retardo, monto éste fijado en concepto de multa, el que se hará efectivo a partir de su notificación. Notifíquese a cuyo efecto líbrese cédula directa a la Legislatura de la Provincia de Rio Negro.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro