Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 27029III

N° Receptoría:

Fecha: 2007-06-28

Carátula: VERBAUWEDE Raúl C/LAGOS Dagoberto y O. S/ Sumario

Descripción: Multa

//neral Roca, 28 de JUNIO de 2007.=

Atento las constancias de fs. 222 y 229, haciendo efectivo el apercibimiento dispuesto por el art. 399 del C.P.C, corresponde la aplicación a la Legislatura de Rio Negro un multa diaria de $ 30, por cada día de retardo, monto éste fijado en concepto de multa, el que se hará efectivo a partir de su notificación. Notifíquese a cuyo efecto líbrese cédula directa a la Legislatura de la Provincia de Rio Negro.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro