Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 35419

N° Receptoría:

Fecha: 2007-06-28

Carátula: CARUSO Marisa en BARZOLA C/CORDI S/Daños y P. S/ Inc.ejec.honorarios

Descripción: Regulación

//neral Roca, 28 de JUNIO de 2007.

Y VISTOS: para regular honorarios en estos autos caratulados "CARUSO Marisa de las Mercedes en BARZOLA C/CORDI S/Daños y Perjuicios S/EJECUCION DE HONORARIOS" (Expte. 35.419-III-03).

Regulo los honorarios de la Dra. MARISA DE LAS M. CARUSO en la suma de $...70.... (M.B. $ 2.324.-fs.25 arts. 6, 7 y 33 ley 2212).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.

Hágase saber el dictámen de caja Forense-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro