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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0664/2005
Fecha: 2007-06-27
Carátula: CREDIL S.R.L. C/ VISTOSO JUAN GUILLERMO S/ EJECUTIVO
Descripción: EMBARGO Y OFICIO AL BANCO
EXPTE. Nº : 0664/2005.-
CARATULA: CREDIL S.R.L. C/ VISTOSO JUAN GUILLERMO S/ EJECUTIVO.-
Viedma, junio de 2007.-
Agréguese.-
Atento lo solicitado y el estado de autos, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe el demandado, sr. Juan Guillermo Vistoso como empleado de la Sociedad Anónima Importadora y Exportadora de la Patagania, La Anónima, hasta cubrir la suma de $ 345,78 en concepto de capital, con más la suma de $ 50 presupuestado provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio a la empresa mencionada precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A..-
Asimismo y en mérito a lo ordenado precedentemente, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A., a los fines de comunicarle que deberá entregar al Dr. Cristian E. Mildenberger a su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos hasta cubrir la suma de $ 345,78 por capital, debiendo informar a este Tribunal en forma detallada, una vez finalizada la medida ordenada.-
a.p.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro