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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37824
Fecha: 2007-06-27
Carátula: MUNICIPALIDAD GRAL. ROCA C/GADANO Carlos Francisco S/ Ejecutivo
Descripción: regulacion.-
//neral Roca, 27 de JUNIO de 2007.-
Al punto I, agréguese y téngase presente.-
Al punto II, en atención a lo solicitado y estado de autos, regulo los honorarios profesionales del Dr. PABLO BERGONZI en la suma de $ 1.278.-. MB:$ 10142,43 capital reclamado a fs.29.-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a tráves de aquélla.- (arts,6, 6 bis, 7 Ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la Ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro