Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37824

N° Receptoría:

Fecha: 2007-06-27

Carátula: MUNICIPALIDAD GRAL. ROCA C/GADANO Carlos Francisco S/ Ejecutivo

Descripción: regulacion.-

//neral Roca, 27 de JUNIO de 2007.-

Al punto I, agréguese y téngase presente.-

Al punto II, en atención a lo solicitado y estado de autos, regulo los honorarios profesionales del Dr. PABLO BERGONZI en la suma de $ 1.278.-. MB:$ 10142,43 capital reclamado a fs.29.-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a tráves de aquélla.- (arts,6, 6 bis, 7 Ley 2212 RN).-

Notifíquese y cúmplase con la Ley 869.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro