Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 33558III

N° Receptoría:

Fecha: 2007-06-27

Carátula: BANCO RIO DE LA PLATA S.A. C/MELO Alcides Adrian S/ Ejecutivo

Descripción: se ordena oficio.-

//neral Roca, 27 de JUNIO de 2007.-

Téngase presente el bien denunciado y trábese embargo sobre las sumas que tenga a percibir el demandado Sr. ALCIDES ADRIAN MELO en los autos caratulados: MELO ALCIDES ADRIAN C/PANTANO SANDRA ADRIANA Y OTRA S/SUMARIO Expte.No 172-I-05, a cuyo efecto y para su toma de razón líbrese oficio al Juzgado Civil No UNO -Secretaria UNICA con asiento en esta ciudad, haciendose efectiva la medida por el capital más costas fijados a fs. 16.-

Los fondos embargados deberán ser transferidos al Banco Patagonia SA sucursal local a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-

Oportunamente, notifíquese al demandado el embargo precedentemente ordenado.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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