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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 33558III
Fecha: 2007-06-27
Carátula: BANCO RIO DE LA PLATA S.A. C/MELO Alcides Adrian S/ Ejecutivo
Descripción: se ordena oficio.-
//neral Roca, 27 de JUNIO de 2007.-
Téngase presente el bien denunciado y trábese embargo sobre las sumas que tenga a percibir el demandado Sr. ALCIDES ADRIAN MELO en los autos caratulados: MELO ALCIDES ADRIAN C/PANTANO SANDRA ADRIANA Y OTRA S/SUMARIO Expte.No 172-I-05, a cuyo efecto y para su toma de razón líbrese oficio al Juzgado Civil No UNO -Secretaria UNICA con asiento en esta ciudad, haciendose efectiva la medida por el capital más costas fijados a fs. 16.-
Los fondos embargados deberán ser transferidos al Banco Patagonia SA sucursal local a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-
Oportunamente, notifíquese al demandado el embargo precedentemente ordenado.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro