Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0385/2007

N° Receptoría:

Fecha: 2007-06-26

Carátula: CONFIAR S.R.L. C/ MORENO JOSE ROBERTO S/ EJECUTIVO

Descripción: EMB. SUELDO Y OFICIO BANCO-VISTA C.F.

EXPTE. Nº: 0385/2007.-

CARATULA: "CONFIAR S.R.L. C/ MORENO JOSE ROBERTO S/ EJECUTIVO".-

Viedma, junio de 2.007.-

Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe el demandado, MORENO JOSE ROBERTO como empleado de la firma Oriente Construcciones S.A., hasta cubrir la suma de $ 528 en concepto de capital de sentencia, incluidos los honorarios y deducidos los pagos parciales denunciados, con más la suma de $ 83 presupuestado provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A..

Asimismo y en mérito a lo ordenado precedentemente, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A., a los fines de comunicarle que deberá entregar a la Dra. María M. Savioli a su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos hasta la suma de $ 528 ($ 150 por honorarios y $ 378 por capital), debiendo abonar primero la suma correspondiente a honorarios conforme lo dispone el art. 590 del C.P.C.C. e informar a este Tribunal en forma detallada, una vez finalizada la medida ordenada, teniéndose previamente que cumplir la ley 869.-

Del pago efectuado a fs. 15, vista a la Caja Forense.-

R.B.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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