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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0806/2006
Fecha: 2007-06-26
Carátula: BURGOS ALVAREZ NORY DEL CARMEN Y OTROS C/ KO-KO S.R.L. Y OTROS S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Descripción: CONTESTA DEMANDA
EXPTE. Nº 0806/2006
CARATULA: BURGOS ALVAREZ NORY DEL CARMEN Y OTROS C/ KO-KO S.R.L. Y OTROS S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Viedma, junio de 2.007.-
Por presentado, parte en el carácter de gestor procesal y por constituido el domicilio. Hágase saber al profesional que deberá acreditar personería o ratificar la gestión en el plazo previsto por el art. 48 del C.Pr. y bajo el apercibimiento allí dispuesto.-
Por contestada la demanda en tiempo y forma.-
Toda vez que de los impresos acompañados no surge firma alguna ni se encuentran certificados, por lo que carecen de validez legal, devuélvanse los mismos a su presentante.-
Hágase saber al profesional interviniente, que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro