Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1187/01/5

N° Receptoría:

Fecha: 2007-06-25

Carátula: CREDIL S.R.L. C/ ANDRADA CYNTHIA ELIZABETH S/ EJECUTIVO

Descripción: ORDENA OFICIO

EXPTE. Nº : 1187/01/5.-

CARATULA: "CREDIL S.R.L. C/ ANDRADA CYNTHIA ELIZABETH S/ EJECUTIVO".-

VIEDMA, junio de 2007.-

Conforme lo que surge del informe de fs. 92/93, líbrese oficio a la Policía de Río Negro para que en el término de cinco (5) días informe si ha dado cumplimiento con la medida cautelar dispuesta mediante oficio nº 184/04, y en su caso informe el número de cuenta bancaria donde se efectuaron los depósitos correspondientes a retención de haberes. De no haberse efectivizado el embargo, intímase para que en el mismo plazo de cumplimiento al embargo, bajo apercibimiento de desobediencia judicial; en consecuencia, a la liquidación practicada oportunamente.-

R.B.

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

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Poder Judicial de Río Negro