Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 32439III

N° Receptoría:

Fecha: 2007-06-25

Carátula: M.C.B. C/S.N.V. S/ Divorcio

Descripción: resolucion a protocolo

NOTA: Se deja constancia que se ha procedido a refoliar el presente expediente a partir de fs. 356 por encontrarse erróneamente foliado.-

Secretaría, 25 de junio de 2007.-

JOSÉ A. VILLACORTA

Jefe de Despacho

General Roca, 25 de junio de 2007.-

VISTOS Y CONSIDERANDO: Para resolver en estos autos caratulados " M.C.B. c/ S.N.V. s/ DIVORCIO " (Expte. Nº 32.439-III-98).-

A fs.383 se presenta la Sra. Cristina Beatriz Macchi por derecho propio con patrocinio letrado y solicita autorización para viajar al exterior con sus hijos menores de edad, por el periodo comprendido entre los día 14-7-07 al 31-07-07, siendo el destino los paises de Uruguay, Brasil, Paraguay y Bolivia.-

Señala que ha intentado lograr la conformidad del progenitor con resultado negativo y peticiona.-

A fs.384 vta. se expide la Sra. Asesora de Menores en forma favorable.-

A fs.390 se dictan autos para resolver.-

Ante el silencio mantenido por el progenitor pese a la notificación obrante a fs.388, se toma en cuenta la conducta anterior al respecto, en la que en alguna oportunidad prestó conformidad fs.334 y en otra no expuso ningún motivo que haga inferir motivos que obstaculicen la petición fs.342, (art.919 del C.C.).-

Esa circunstancia más la postura que asumió la Cámara de Apelaciones a fs.356/7 eximen a la suscripta de hacer mayores evaluaciones, incidiendo esto último por razones de economia procesal. Por otra parte, es de tomar en cuenta que la peticionante mantiene la tenencia de los menores, que la Sra Asesora de Menores ha emitido dictamen favorable a la autorización solicitada y que no se ha tomado conocimiento de experiencias que incidan desfavorablemente en los niños en los viajes anteriores.-

Por lo expuesto y lo dispuesto por los arts. 59 y 264 quater, inc. 4to. del C.C. (texto ley 23.264),

RESUELVO: Autorizar a que los menores LISETH SOLEDAD SCUADRONI, DNI 35.154.420 y CRISTIAN MAXIMILIANO SCUADRONI MACCHI, DNI 40.706.441 salgan del país con destino a los paises de URUGUAY, BRASIL, PARAGUAY y BOLIVIA en compañia de su madre CRISTINA BEATRIZ MACCHI, DNI 14.457.249, en el período comprendido entre el 14-07-07 y el 31-07-07.-

Notifíquese, regístrese y expídase testimonio.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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