Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37446

N° Receptoría:

Fecha: 2007-06-25

Carátula: LAGONEGRO Rubén O. y Otros en: ESTAB. COSTANTINO Hnos. S.R.L. S/ Verificación

Descripción: RESOLUCION A PROTOCOLO

General Roca, 25 de junio de 2007.-

VISTOS Y CONSIDERANDO: Para resolver en estos autos caratulados " LAGONEGRO RUBEN OSCAR, DELGADO ATILIO DAMIAN Y VAZQUEZ FABIAN ALBERTO en autos ESTABLECIMIENTO COSTANTINO HNOS. SRL s/ VERIFICACION TARDIA " (Expte. Nº 37446-III-06).-

A fs.27/8 se presentan los Sres. Ruben Oscar Lagonegro, Fabián Alberto Vasquez, y Atilio Damián Delgado por medio de apoderado por carta poder y solicitan la verificación de sus créditos con beneficio de pronto pago en la quiebra de la firma Establecimiento Frutícola Costantino Hnos S.R.L. por los rubros, montos y privilegios que determinan para cada uno de ellos, exponen los hechos que fundamentan la petición, practican liquidación, fundan en derecho, ofrecen prueba, y peticionan.-

A fs.32 se abre la causa a prueba, produciéndose a fs.37/48 informativa de Correo Argentino, fs.306/427 se agrega documental, fs.431 testimonial de Oscar Ortega, fs.433/6 informativa de SOEFRN Y N, fs. 448/9 se expide sindicatura, a fs.452 se dictan autos para resolver.-

Cabe expedirse respecto de la procedencia de los créditos insinuados y atento la documental e instrumental agregada, la testimonial rendida, y lo dictaminado por sindicatura, compartiendo dicha opinión, por cuanto se ajusta a las pautas legales vigentes en la materia, corresponde hacer lugar a lo solicitado en los términos, por los montos y privilegios que destaca el órgano concursal.-

Se deja constancia que respecto del beneficio de pronto pago, en razón del estado de quiebra de la firma empleadora, se tomará en cuenta al momento de realizar el proyecto de distribución de los fondos que se obtengan en la liquidación de bienes, conjuntamente con los demás créditos que concurran por los privilegios que fija la ley a fin de resguardar los de igual rango.-

Por los fundamentos expuestos y lo dispuesto por los arts.33, 36 y cc. de la ley 24522.-

RESUELVO: Hacer lugar a lo peticionado y en su consecuencia VERIFICAR por los montos y con los privilegios que se detallan a continuación en el proceso de QUIEBRA de ESTABLECIMIENTO FRUTICOLA COSTANTINO HNOS S.R.L. los siguientes créditos:

FABIAN VAZQUEZ por la suma de $ 8.983,86 con privilegio general y especial del art.241 inc.2, 246 inc.1 de la ley 24522.-

DAMIAN ATILIO DELGADO por la suma de $ 4.322,83 con privilegio general y especial del art.241 inc.2, 246 inc.1 de la ley 24522.-

RUBEN LAGONEGRO por la suma de $ 12.565,64 con privilegio general y especial del art.241 inc.2, 246 inc.1 de la ley 24522.-

Costas por su orden y en la proporción que corresponde a cada actor.- Se deja constancia que la tarea de sindicatura y su letrada será evaluada en el proceso principal.-

Regúlanse los honorarios profesionales de la Dra. Karina A. Meder en $ 400.- (M.B. $ 25.872,33.- arts.6, 6 bis, 7 y 33 de la ley 2212 y arts.271 y 287 de la ley 24.522).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios profesionales se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.-

Notifíquese, cúmplase con la ley 869 y regístrese.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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