Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36867

N° Receptoría:

Fecha: 2007-06-22

Carátula: ALMUNA Tulio J. y Otra S/SUC. C/CHAGUMIL Mabel B. S/ Desalojo

Descripción: oficio observado

no hay que poner quienes lo van a diligenciar porque va por despacho interno

la providencia no hace falta ponerla pero no es por eso la observación

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Poder Judicial de Río Negro