Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0105/2005

N° Receptoría:

Fecha: 2007-06-21

Carátula: PARODI SERGIO ROMAN C/ ROT AUTOMOTORES S.A.C.I.F. S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Descripción: CEDULA SECRETARIA CAJA FORENSE

C E D U L A

Señor: Caja Forense

Domicilio: Belgrano nº 80 (constituido)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "PARODI SERGIO ROMAN C/ ROT AUTOMOTORES S.A.C.I.F. S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS) ", Expte. Nº 0105/2005, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo del Dr. Alejandro J. E. Moldes, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, junio 19 de 2.007.- Y Vistos: ... Y Considerando: ... RESUELVO: I.- Desestimar la demanda interpuesta a fs. 51/55 por el sr. Sergio Román Parodi contra Rot Automotores S.A.C.I.F.- II.- Imponer las costas a la parte actora (art. 68 ap. 1º C.Pr.) y regular los honorarios del Dr. Hernán A. Linares en la suma de $ 724 (coef: 50 % de 14 %), los del Dr. Julián H. Fernandez Eguía en la suma de $ 1.015 (coef: 50 % del 14 % + 40 %) y los del Dr. Juan Martín Brussino Kain en la suma de $ 1.300 (coef. 9 % + 40 %) -M.B: $ 10.343-. Notifíquese y dése cumplimiento con la ley 869.- III.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.- Fdo. Alejandro J. E. Moldes - Juez".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de junio de 2007.-

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

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