include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 1239/2002
Fecha: 2007-06-21
Carátula: MOLINA IVANA ALEJANDRA C/ WICIAK OSCAR JUAN Y OTROS S/ ORDINARIO
Descripción: REGULA HONORARIOS DE 2DA. INSTANCIA
EXPTE. Nº : 1239/2002.-
CARATULA: MOLINA IVANA ALEJANDRA C/ WICIAK OSCAR JUAN Y OTROS S/ ORDINARIO.-
Viedma, junio de 2007.-
Atento lo peticionado y de conformidad con lo resuelto por la Cámara de Apelaciones a fs. 412, hágase saber que los honorarios correspondientes al Dr. Humberto Andrés Maxwell ascienden a la suma de $ 5.880 (coef. 35% de los honorarios regulados a fs. 392) y al Dr. Augusto Gerardo Collado a la suma de $ 1.785 (coef. 25% de los honorarios regulados a fs. 392). Notifíquese y cúmplase con la Ley 869.-
Para un mejor ordenamiento procesal, fórmese tercer cuerpo a partir de la fs. 401.-
a.p.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro