Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1239/2002

N° Receptoría:

Fecha: 2007-06-21

Carátula: MOLINA IVANA ALEJANDRA C/ WICIAK OSCAR JUAN Y OTROS S/ ORDINARIO

Descripción: REGULA HONORARIOS DE 2DA. INSTANCIA

EXPTE. Nº : 1239/2002.-

CARATULA: MOLINA IVANA ALEJANDRA C/ WICIAK OSCAR JUAN Y OTROS S/ ORDINARIO.-

Viedma, junio de 2007.-

Atento lo peticionado y de conformidad con lo resuelto por la Cámara de Apelaciones a fs. 412, hágase saber que los honorarios correspondientes al Dr. Humberto Andrés Maxwell ascienden a la suma de $ 5.880 (coef. 35% de los honorarios regulados a fs. 392) y al Dr. Augusto Gerardo Collado a la suma de $ 1.785 (coef. 25% de los honorarios regulados a fs. 392). Notifíquese y cúmplase con la Ley 869.-

Para un mejor ordenamiento procesal, fórmese tercer cuerpo a partir de la fs. 401.-

a.p.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro