Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0898/00/5

N° Receptoría:

Fecha: 2007-06-20

Carátula: CAMPOS BEATRIZ C/ SANTEYAN FRANCISCO LEOPOLDO D/ ORDINARIO S/ EJECUCION DE HONORARIOS

Descripción: SENT. DE EJEC. DE HONORARIOS y/o EJEC. SENTENCIA -NUEVO-

Viedma, junio de 2007.-

Y VISTOS: Los presentes obrados caratulados: CAMPOS BEATRIZ C/ SANTEYAN FRANCISCO LEOPOLDO D/ ORDINARIO S/ EJECUCION DE HONORARIOS, Expte. N° 0898/00/5; y,

CONSIDERANDO:

Que el título es ejecutivo (art. 500, inc. 3° del C. Pr.).-

Que habiéndose trabado embargo a fs. 12 y citado de venta a la ejecutada a fs. 42, la misma no opuso excepciones en término, por lo que corresponde dictar sentencia de remate conforme lo dispone el art. 508 del C. Pr. -t.o. Ley 2208).-

RESUELVO:

I.- Llevar adelante la ejecución en contra de Beatriz Micaela Santeyan en su carácter de heredera del sr. Francisco Leopoldo Santeyan, condenándola a pagar al Dr. Julio Alberto Stangen, la suma de $ 26.074 en concepto de honorarios, con más el interés que resulta de aplicar el promedio de las tasas activa y pasiva mensual del Banco de la Nación Argentina (cfr. S.T.J. in re "CALFIN", 8-10-92) desde el 06/06/00 y hasta el 31/05/07, y de allí en más igual tasa hasta el efectivo pago.-

II.- Imponer las costas del presente juicio a la ejecutada (art. 68 del C. Pr.).-

III.- Regular los honorarios profesionales del Dr. Julio Alberto Stangen, en la suma de $ 956, M.B: $ 26.074 coef. 1/3 del 11 % (arts. 7, 40, 47 y 49 ley 2212). Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.-

IV.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.-

e.z

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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