Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36387

N° Receptoría:

Fecha: 2007-06-20

Carátula: FISCALIA DE ESTADO C/PATTELLI Carlos Daniel S/ Ejecutivo

Descripción: trance y remate//mand. observado

General Roca, 20 de junio de 2007.-.-

AUTOS Y VISTOS: En estos autos: "FISCALIA DE ESTADO C/PATELLI CARLOS DANIEL S/EJECUTIVO" (EXPTE. 36387-III-04), y no habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, según informa la Actuaria en este acto, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar.-

Por ello, con lo pedido y lo dispuesto por el art. 531 del C.P.C.;

FALLO: Esta causa de trance y remate, mandado llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado Carlos Daniel Patteli haga al acreedor Fiscalia de Estado de la Provincia de Río Negro íntegro pago del capital reclamado de $ 2.720.- con más sus intereses, costos y costas de la ejecución (art. 68 y 551 CPC); regulándose en tal concepto los honorarios de la Dra Soledad Peruzzi y Mónica Baldoni en la suma de $ ........ y $ ....... respectivamente. (art. 6,7 y 40 de la ley 2212).-

Cúmplase con la ley 869.-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquella (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 R.N.).-

Téngase al demandado, constituido domicilio en los Estrados del Tribunal.-

Glóse se la documentación de fs. 10/15.-

A lo peticionado a fs. 38, estése a lo dispuesto a fs. 37.-

Notifíquese y regístrese.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

NOTA: De haberse glosado. CONSTE.-

JOSÉ A. VILLACORTA

Jefe de Despacho

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Poder Judicial de Río Negro