Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0795/2006

N° Receptoría:

Fecha: 2007-06-19

Carátula: RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/ CIFUENTES RAMON DEL CARMEN Y OTROS S/ SUMARIO - COBRO DE PESOS

Descripción: INTIMA A RATIF. O ACREDITAR PERSONERIA

EXPTE: 0795/2006.-

CARATULA: RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/ CIFUENTES RAMON DEL CARMEN Y OTROS S/ SUMARIO - COBRO DE PESOS.-

Viedma, junio de 2007.-

1) Por contestado el traslado conferido. Tiénese presente.-

2) Atento el estado de autos y teniendo en cuenta lo dispuesto en el art. 48 del C.Pr., intímase al Dr. Guillermo Suarez para que dentro del plazo de 48 horas ratifique o acredite personería invocada a fs. 61, bajo el apercibimiento previsto en la citada norma legal. Notifíquese.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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Poder Judicial de Río Negro