Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0674/2002

N° Receptoría:

Fecha: 2007-06-19

Carátula: GRANADA MARIA C/ MILLAÑANCO JUAN CARLOS S/ EJECUTIVO

Descripción: ESTESE A LA PERCEP. DE FONDOS POR BANCO

EXPTE. Nº 0674/2002

CARATULA: GRANADA MARIA C/ MILLAÑANCO JUAN CARLOS S/ EJECUTIVO

Viedma, junio de 2007.-

Agréguese el saldo bancario acompañado.-

Hágase saber que deberá estarse a la forma de percepción de fondos dispuesta a fs. 41 y embargo allí decretado.-

En consecuencia, a la ampliación de embargo, en este estado, no ha lugar.-

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

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