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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0337/2007
Fecha: 2007-06-19
Carátula: GALLINGER ARIEL ALBERTO C/ CASTILLO ALEJANDRO CESAR Y OTRA S/ SUMARISIMO
Descripción: debe denunciar demandado
EXPTE. Nº 0337/2007
CARATULA: GALLINGER ARIEL ALBERTO C/ CASTILLO ALEJANDRO CESAR Y OTRA S/ SUMARISIMO
Viedma, junio de 2007.-
Tiénese presente la aclaración formulada.-
En consecuencia y de acuerdo a lo dispuesto en el art. 330 inc. 2 del C.Pr. hágase saber que deberá denunciar el propietario del vehículo denunciado en el punto 3 del escrito a despacho y denunciar su domicilio a los fines del correspondiente traslado de demanda.-
Con respecto al certificado de cobertura que se menciona acompañar nuevamente, debe aclarse además que es un impreso que no contiene firma alguna en original por lo que carece de valor legal, debiendo mantenerse la orden de devolución de dichas piezas que fuera dispuesta a fs. 15.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro