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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 12222-132-03
Fecha: 2007-06-19
Carátula: VICENTIN CARLOS ALBERTO / CRUZ JOAQUIN S/ ESCRITURACION
Descripción: Interlocutoria
CAMARA DE APELACIONES CIVIL
Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION
Expte. nº:12222-132-03
Tomo:
Interlocutoria:
Folio:
Secretario: dra. Alba Posse
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SAN CARLOS DE BARILOCHE, 19 DE JUNIO DE 2007.- VISTOS: Los autos caratulados: “VICENTIN Carlos Alberto c/ CRUZ Joaquín s/ ESCRITURACION”, expte. nro. 12222-132-03 (reg.cám), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-;
Y CONSIDERANDO:
Que el análisis de los agravios expuestos requiere contar con mayor precisión del precio de los inmuebles en litigio a la época de su respectiva instrumentación, a los fines de enmarcar adecuadamente las defensas oportunamente opuestas (art. 36, inc. 2do. y cc. CPCC.).
A tales fines líbrense los oficios ofrecidos a fs. 62, haciéndose saber que a sus resultas se merituará la conveniencia de designar perito tasador.
Por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL;
RESUELVE:
1) Líbrense los oficios señalados a fs. 62; confección, diligenciamiento e impulso a cargo de la recurrente. Resérvense los votos emitidos.
2) Oportunamente practicar nuevo cómputo de plazos para resolver en definitiva.-
3) Notificar, registrar y protocolizar lo aquí decidido.-
Luis M. Escardó Horacio Carlos Osorio Edgardo J. Camperi
Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara
Ante Mí: Angela Alba Posse
Secretaria de Cámara
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Poder Judicial de Río Negro