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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 1253/2002
Fecha: 2007-06-15
Carátula: CARRIAZO ELSA NELLY C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO
Descripción: aprueba liquidación
EXPTE. Nº 1253/2002
CARATULA: CARRIAZO ELSA NELLY C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO
Viedma, junio de 2007.-
Atento el estado de autos y constancias de la causa, las distintas posturas sustentadas por las partes y habiéndose realizado una nueva liquidación con posterioridad al pedido de fs. 407 y a lo dispuesto a fs. 408, la cual no incluye pagos efectuados en concepto de medida cautelar, corresponde en este estado establecer que el banco demandado adeuda a la actora sra. Carriazo la suma de $ 593,70 al 31/05/07, monto que surge de haberse deducido las quitas ($ 17.269,91) al saldo del crédito a favor del Banco Hipotecario S.A. ($ 16.749,71) suma que llevará intereses a la tasa mix (conf. S.T.J. Calfin c/ Murchison” y “Gonzalez c/ Altec”-ratificado el 28/7/04 in re: "Provincia de Río Negro c/ Tordi"-) toda vez que el actor ha pagado mayores montos que los debidos y no se han arrimado fundamentos que desvirtuén la aplicación del criterio sustentado por el S.T.J. citado precedentemente. Notifíquese.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro