Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1253/2002

N° Receptoría:

Fecha: 2007-06-15

Carátula: CARRIAZO ELSA NELLY C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO

Descripción: aprueba liquidación

EXPTE. Nº 1253/2002

CARATULA: CARRIAZO ELSA NELLY C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO

Viedma, junio de 2007.-

Atento el estado de autos y constancias de la causa, las distintas posturas sustentadas por las partes y habiéndose realizado una nueva liquidación con posterioridad al pedido de fs. 407 y a lo dispuesto a fs. 408, la cual no incluye pagos efectuados en concepto de medida cautelar, corresponde en este estado establecer que el banco demandado adeuda a la actora sra. Carriazo la suma de $ 593,70 al 31/05/07, monto que surge de haberse deducido las quitas ($ 17.269,91) al saldo del crédito a favor del Banco Hipotecario S.A. ($ 16.749,71) suma que llevará intereses a la tasa mix (conf. S.T.J. Calfin c/ Murchison” y “Gonzalez c/ Altec”-ratificado el 28/7/04 in re: "Provincia de Río Negro c/ Tordi"-) toda vez que el actor ha pagado mayores montos que los debidos y no se han arrimado fundamentos que desvirtuén la aplicación del criterio sustentado por el S.T.J. citado precedentemente. Notifíquese.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro