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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 14322-192-07
Fecha: 2007-06-15
Carátula: SIMONAZZI RINA ELVIRA / LAS VICTORIAS S.R.L. Y OTRA S/ ORDINARIO
Descripción: Interlocutoria-medida
CAMARA DE APELACIONES CIVIL
Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION
Expte. nº:14322-192-07
Tomo:
Interlocutoria:
Folio:
Secretario: dra. Alba Posse
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SAN CARLOS DE BARILOCHE, 14 DE JUNIO DE 2007.- VISTOS: Los autos caratulados: “SIMONAZZI Rina Elvira c/ LAS VICTORIAS S.R.L. y OTRA s/ ORDINARIO”, expte. nro. 14322-192-07 (reg.cám), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-;
Y CONSIDERANDO:
Que resulta necesario tener a la vista los actuados sobre ejecución hipotecaria citados por el a-quo en su decisorio en revisión (fs. 255 vta.), a los efectos de mejor proveer.
Por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL;
RESUELVE:
1) Oficiar a la instancia de origen a los fines de la remisión de las actuaciones citadas. Oficio, confección y diligenciamiento a cargo de las recurrentes.
2) Notificar, registrar y protocolizar lo aquí decidido, disponiendo que oportunamente se practique nuevo cómputo de plazos para fallar.-
c.t.
Luis M. Escardó Horacio Carlos Osorio Edgardo J. Camperi
Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara
Ante Mí: Angela Alba Posse
Secretaria de Cámara
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Poder Judicial de Río Negro