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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 34953
Fecha: 2005-08-11
Carátula: LA REGINENSE Coop. Vitivinicola, Frutícola y Hortícola Colonia Regina Ltda. S/ Concurso Preventivo
Descripción: a cedula//apelacion
General Roca, 11 de agosto de 2.005.-
Concédese el recurso de apelación arancelario, interpuesto.-
Importando el escrito de fs. 1120, los fundamentos de la apelación, del mismo, traslado.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
CEDULA DE NOTIFICACION
CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS
9 DE JULIO casi DON BOSCO (CONSTITUIDO)
GENERAL ROCA
Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “LA REGINENESE COOP. VITIVINICOLA, FRUTICOLA Y HORTICOLA COLONIA REGINA LTDA. S/CONCURSO PREVENTIVO” (34.953-III-02) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* UNICA a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se le libra la presente cédula a fin de notificarle la resolución que dice: General Roca, 19 de julio de 2.005-...Homologar en todas sus partes el acuerdo que celebrara la concursada LA REGINENSE COOP. VITIVINICOLA, FRUTICOLA y HORTICOLA COLONIA REGINA LTDA con los acreedores y cuyos alcances surgen de la propuesta obrante a fs.931/3.-Regular los honorarios profesionales de los Dres. Hugo Raul Epifanio en $ 16.000.- Justo Emilio Epifanio en $ 40.000.- los del Cr. Cesar F. Castro en $ 84.000.- y los del Dr. Eduardo Saint Martin en $30.000.- a cargo de sindicatura.-Se deja constancia que los honorarios fueron determinados sobre un activo de $ 7.013.950,86 y un pasivo de $ 3.549.849,77 (fs.896).-Se fija a favor del Consejo Profesional de Ciencias Económicas la suma de $ 2.700.- que corresponden al 5% de los honorarios regulados al Cr. Castro.-Procédase por Secretaria a liquidar impuestos y contribuciones.-Se deja constancia que en la merituación de los honorarios profesionales se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.- Notifíquese y cúmplase con la ley 869..-Fdo. Susana Teresa Burgos Juez.
Asimismo se notifica que se ha procedido a liquidar el impuesto de justicia, sellado y contribución que deberán ser oblados.-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
General Roca, 11 de agosto de 2.005.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
CEDULA DE NOTIFICACION
CAJA FORENSE
VILLEGAS 973 (CONSTITUIDO)
GENERAL ROCA
Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “LA REGINENESE COOP. VITIVINICOLA, FRUTICOLA Y HORTICOLA COLONIA REGINA LTDA. S/CONCURSO PREVENTIVO” (34.953-III-02) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* UNICA a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se le libra la presente cédula a fin de notificarle la resolución que dice: General Roca, 19 de julio de 2.005-...Homologar en todas sus partes el acuerdo que celebrara la concursada LA REGINENSE COOP. VITIVINICOLA, FRUTICOLA y HORTICOLA COLONIA REGINA LTDA con los acreedores y cuyos alcances surgen de la propuesta obrante a fs.931/3.-Regular los honorarios profesionales de los Dres. Hugo Raul Epifanio en $ 16.000.- Justo Emilio Epifanio en $ 40.000.- los del Cr. Cesar F. Castro en $ 84.000.- y los del Dr. Eduardo Saint Martin en $30.000.- a cargo de sindicatura.-Se deja constancia que los honorarios fueron determinados sobre un activo de $ 7.013.950,86 y un pasivo de $ 3.549.849,77 (fs.896).-Se fija a favor del Consejo Profesional de Ciencias Económicas la suma de $ 2.700.- que corresponden al 5% de los honorarios regulados al Cr. Castro.-Procédase por Secretaria a liquidar impuestos y contribuciones.-Se deja constancia que en la merituación de los honorarios profesionales se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.- Notifíquese y cúmplase con la ley 869..-Fdo. Susana Teresa Burgos Juez.
Asimismo se notifica que se ha procedido a liquidar el impuesto de justicia, sellado y contribución que deberán ser oblados.-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
General Roca, 11 de agosto de 2.005.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
CEDULA DE NOTIFICACION
DIRECCION GENERAL DE RENTAS
9 DE JULIO Y ESPAÑA (CONSTITUIDO)
GENERAL ROCA
Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “LA REGINENESE COOP. VITIVINICOLA, FRUTICOLA Y HORTICOLA COLONIA REGINA LTDA. S/CONCURSO PREVENTIVO” (34.953-III-02) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* UNICA a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se le libra la presente cédula a fin de notificarle la resolución que dice: General Roca, 19 de julio de 2.005-...Homologar en todas sus partes el acuerdo que celebrara la concursada LA REGINENSE COOP. VITIVINICOLA, FRUTICOLA y HORTICOLA COLONIA REGINA LTDA con los acreedores y cuyos alcances surgen de la propuesta obrante a fs.931/3.-Regular los honorarios profesionales de los Dres. Hugo Raul Epifanio en $ 16.000.- Justo Emilio Epifanio en $ 40.000.- los del Cr. Cesar F. Castro en $ 84.000.- y los del Dr. Eduardo Saint Martin en $30.000.- a cargo de sindicatura.-Se deja constancia que los honorarios fueron determinados sobre un activo de $ 7.013.950,86 y un pasivo de $ 3.549.849,77 (fs.896).-Se fija a favor del Consejo Profesional de Ciencias Económicas la suma de $ 2.700.- que corresponden al 5% de los honorarios regulados al Cr. Castro.-Procédase por Secretaria a liquidar impuestos y contribuciones.-Se deja constancia que en la merituación de los honorarios profesionales se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.- Notifíquese y cúmplase con la ley 869..-Fdo. Susana Teresa Burgos Juez.
Asimismo se notifica la liquidación de impuesto de justicia, sellado y contribución que deberán ser oblados.-
Se acompaña copia de fs. 1118 y 1119.-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
General Roca, 11 de agosto de 2.005.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
CEDULA DE NOTIFICACION
CESAR FAUSTINO CASTRO (SINDICO)
DR. EDUARDO E. SAINT MARTIN
ITALIA 1508, PISO 1* OFICINA 3/4(CONSTITUIDO)
GENERAL ROCA
Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “LA REGINENESE COOP. VITIVINICOLA, FRUTICOLA Y HORTICOLA COLONIA REGINA LTDA. S/CONCURSO PREVENTIVO” (34.953-III-02) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* UNICA a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se le libra la presente cédula a fin de notificarle la resolución que dice: General Roca, 19 de julio de 2.005-...Homologar en todas sus partes el acuerdo que celebrara la concursada LA REGINENSE COOP. VITIVINICOLA, FRUTICOLA y HORTICOLA COLONIA REGINA LTDA con los acreedores y cuyos alcances surgen de la propuesta obrante a fs.931/3.-Regular los honorarios profesionales de los Dres. Hugo Raul Epifanio en $ 16.000.- Justo Emilio Epifanio en $ 40.000.- los del Cr. Cesar F. Castro en $ 84.000.- y los del Dr. Eduardo Saint Martin en $30.000.- a cargo de sindicatura.-Se deja constancia que los honorarios fueron determinados sobre un activo de $ 7.013.950,86 y un pasivo de $ 3.549.849,77 (fs.896).-Se fija a favor del Consejo Profesional de Ciencias Económicas la suma de $ 2.700.- que corresponden al 5% de los honorarios regulados al Cr. Castro.-Procédase por Secretaria a liquidar impuestos y contribuciones.-Se deja constancia que en la merituación de los honorarios profesionales se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.- Notifíquese y cúmplase con la ley 869..-Fdo. Susana Teresa Burgos Juez.
Asimismo se notifica la liquidación de impuesto de justicia, sellado y contribución que deberán ser oblados.-
Se acompaña copia de fs. 1118 y 1119.-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
General Roca, 11 de agosto de 2.005.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
CEDULA DE NOTIFICACION
LA REGINENESE COOPERATIVA VITIVINICOLA FRUTICOLA Y HORTICOLA COLONIA REGINA LIMITADA
DR. HUGO RAUL EPIFANIO Y JUSTO EMILIOEPIFANIO
SAN MARTIN 1083 (CONSTITUIDO)
GENERAL ROCA
Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “LA REGINENESE COOP. VITIVINICOLA, FRUTICOLA Y HORTICOLA COLONIA REGINA LTDA. S/CONCURSO PREVENTIVO” (34.953-III-02) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* UNICA a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se le libra la presente cédula a fin de notificarle la resolución que dice: General Roca, 19 de julio de 2.005-...Homologar en todas sus partes el acuerdo que celebrara la concursada LA REGINENSE COOP. VITIVINICOLA, FRUTICOLA y HORTICOLA COLONIA REGINA LTDA con los acreedores y cuyos alcances surgen de la propuesta obrante a fs.931/3.-Regular los honorarios profesionales de los Dres. Hugo Raul Epifanio en $ 16.000.- Justo Emilio Epifanio en $ 40.000.- los del Cr. Cesar F. Castro en $ 84.000.- y los del Dr. Eduardo Saint Martin en $30.000.- a cargo de sindicatura.-Se deja constancia que los honorarios fueron determinados sobre un activo de $ 7.013.950,86 y un pasivo de $ 3.549.849,77 (fs.896).-Se fija a favor del Consejo Profesional de Ciencias Económicas la suma de $ 2.700.- que corresponden al 5% de los honorarios regulados al Cr. Castro.-Procédase por Secretaria a liquidar impuestos y contribuciones.-Se deja constancia que en la merituación de los honorarios profesionales se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.- Notifíquese y cúmplase con la ley 869..-Fdo. Susana Teresa Burgos Juez.
Asimismo se notifica la liquidación de impuesto de justicia, sellado y contribución que deberán ser oblados.-
Se acompaña copia de fs. 1118 y 1119.-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
General Roca, 11 de agosto de 2.005.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
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