include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 22203/07
Fecha: 2007-06-14
Carátula: ORTIZ, MIRIAM NOEMI S/ ACCION DE AMPARO
Descripción: Prov-Amparo
Expte. N°22203/07-STJ-
///MA, 14 de junio de 2007.-
-----Por recibidos.-
----Previo a todo: intímese al amparista para que en el término de cinco (5) días acredite:- - - - - - - - - - - - - - - - - -----1) La existencia de arbitrariedad e ilegitimidad manifiesta y que la razón del daño (concreto y grave) solo pueda ser reparada por la acción urgente y expedita del amparo (Fallos 301:1061, 306:1253, 307:2271).- - - - - - - - - - - - - - - - - -
-----2) Además quién inicia la acción debe acreditar la inexistencia del otras vías idóneas para acceder a la jurisdicción constitucional (cf. art.43 C.Provincial).- - - - - - -----Notifíquese.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --
Fdo.LUIS LUTZ PRESIDENTE SUBROGANTE SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
<*****>
Poder Judicial de Río Negro