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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37046
Fecha: 2005-08-11
Carátula: BILO Concepcion S/ Beneficio de Litigar sin Gastos
Descripción: inicio/a Rentas
//neral Roca, 11 de agosto de 2005.-
Por presentado, parte y con domicilio.-
Cítese a los futuros demandados a fin de que comparezca a fiscalizar la prueba a producir en autos (art. 80 del C.P.C.) a cuyo fin líbrese cédula.-
Fecho, para la declaración de los testigos propuestos, Gomez, Ramos y Barrera, fíjase la audiencia del día 15 de noviembre de 2.005 a las 8,30 hs. a la que deberán comparecer personalmente bajo apercibimiento de ser conducidos por la fuerza pública en caso de incomparecencia injustificada a la del día 1 de diciembre de 2.005 a las 10,00 hs. que se fija como complementaria. Notifíquese a cuyo efecto líbrese cédula a General Roca, y a la localidad de Allen.-
Líbrese oficios al RPI, a fin de que informen sobre lo requerido.
Asimismo, pasen los presentes a la Delegación de RENTAS (acordada N° 10/03 art. 4 del STJ).
Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por internet.(Conf.Acord.112/03 del STJRN).-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro