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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 31520IV
Fecha: 2007-06-14
Carátula: PARRA SEGURA Miguel c/CAMACHO Eduardo S/ Ejecutivo
Descripción: MULTA
//neral Roca, 14 de JUNIO de 2007.=
Atento lo peticionado y las constancias de fs. 332, haciendo efectivo el apercibimiento dispuesto por el art. 399 del CPC, corresponde la aplicación, a SIMA S.A. de $ 15.- por cada día de retardo, monto éste fijado en concepto de multa, el que se hará efectivo a partir de su notificación. Notifíquese, a cuyo efecto líbrese cédula directa a Neuquén.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro