Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37478

N° Receptoría:

Fecha: 2007-06-14

Carátula: GOMENZORO Aurora Margarita c/BANCO DE LA PAMPA S.E.M. S/ Sumario

Descripción: prueba proveida

General Roca, 14 de junio de 2007.-

Proveyendo la prueba ofrecida por la parte actora a fs. 21/23 y 83:

DOCUMENTAL: Téngase presente.-

TESTIMONIAL: Para la declaración testimonial de Jorge Antonio Diaz y Arturo Teodoro Abusto, fíjase la audiencia del día 27 de septiembre de 2007 a las 8,00 hs. a la que deberán comparecer bajo apercibimiento de ser traído por la fuerza pública en caso de incomparecencia injustificada a la del día 16 de octubre de 2007 a las 8,00 hs. que se fija como complementaria. Notifíquese mediante cédula .-

Para la declaración testimonial de María Esther Conde y Auriestela Berdugo fíjase la audiencia del día 26 de septiembre de 2007 a las 9,00 hs. a la que deberán comparecer bajo apercibimiento de ser traído por la fuerza pública en caso de incomparecencia injustificada a la del día 17 de octubre de 2007 a las 9,00 hs. que se fija como complementaria. Notifíquese mediante cédula .-

Para la declaración testimonial de Anastasia Nazario fíjase la audiencia del día 28 de septiembre de 2007 a las 8,00 hs. a la que deberán comparecer bajo apercibimiento de ser traído por la fuerza pública en caso de incomparecencia injustificada a la del día 18 de octubre de 2007 a las 8,00 hs. que se fija como complementaria. Notifíquese mediante cédula .-

PRUEBA EN PODER DE LA CONTRARIA: Intímese al Banco de La Pampa SEM, a fin de que acompañe constancia de los movimientos en la cuenta de la Sra. Gomenzoro en el mes de enero de 2005, filmaciones del cajero automático ubicado en la Sucursal del banco La Pampa de la ciudad de General Roca, de fecha 28.01.2005 entre las horas 22 y 23, en el término de cinco días, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art.388 del C.P.C..Not-

PRUEBA DOCUMENTAL EN PODER DE TERCEROS: Intímese a Red Link a que en el término de cinco días, acompañe grabaciones de las denuncias telefónicas recibidas desde General Roca, el día 27 de enero de 2005 entre las 22 hs. y las 23 hs., en los términos del art. 389 del C.P.C., para su cumplimiento líbrese cédula con transcripción del citado artículo-

PRUEBA INFORMATIVA: Para que informen sobre lo requerido en el término de 20 días, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 399 del C.P.C., líbrese oficio al Diario Río Negro, A Red Link, a Telefónica Movistar y a la Comisaría Tercera, con transcripción del citado artículo.-

CONFESIONAL: Para la absolución de posiciones del Representante Legal del Banco de La Pampa SEM, fíjase la audiencia del día 28 de septiembre de 2007 a las 8,00 hs. a la que deberá comparecer bajo apercibimiento de ser tenido por confeso en caso de incomparecencia injustificada. Not.--

Proveyendo la prueba ofrecida por la parte demandada a fs. 73:

DOCUMENTAL: Téngase presente.-

INSTRUMENTAL: A fin de que remitan la causa Gomenzoro Margarita S/Dcia. Hurto (487/05/F6) que tramitara por ante la Fiscalía N* 6, con intervención del Juzgado de Instrucción N*XII, o en su defecto remita copia certificada del mismo, líbrese oficio a dicho organismo.-

INFORMATIVA: Para que informen sobre lo requerido en el término de 20 días, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 399 del C.PC., líbrese oficio a red Link con transcripción del citado artículo.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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