Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0368/2007

N° Receptoría:

Fecha: 2007-06-12

Carátula: CONFIAR S.R.L. C/ GHISLA ELIANA MABEL S/ EJECUTIVO

Descripción: EMB. SUELDO Y OFICIO BANCO

EXPTE. Nº: 0368/2007.-

CARATULA: "CONFIAR S.R.L. C/ GHISLA ELIANA MABEL S/ EJECUTIVO".-

Viedma, junio de 2.007.-

Agréguese la cédula recibida.-

Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe la demandada, GHISLA ELIANA MABEL como empleada del Ministerio de Educación y Cultura de la Provincia de Río Negro hasta cubrir la suma de $ 179,73 en concepto de capital de sentencia, incluidos los honorarios, con más la suma de $ 70 presupuestado provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio al organismo mencionado precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.. Tiénese presente la persona autorizada para diligenciar el oficio ordenado.-

Asimismo y en mérito a lo ordenado precedentemente, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A., a los fines de comunicarle que deberá entregar a la Dra. María Marcela Savioli a su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos hasta la suma de $ 60 por honorarios y $ 119,73 por capital, debiendo abonar primero la suma correspondiente a honorarios conforme lo dispone el art. 590 del C.P.C.C. e informar a este Tribunal en forma detallada, una vez finalizada la medida ordenada, teniéndose previamente que cumplir la ley 869.-

e.z

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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Poder Judicial de Río Negro