Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37604

N° Receptoría:

Fecha: 2007-06-11

Carátula: CREDIALLEN Ltda. c/MONCADA Gustavo M. S/ Ejecución de Sentencia (*)

Descripción: se ordena oficio.-

//neral Roca, 11 de JUNIO de 2007.-

Al punto I, agréguese y téngase presente.-

Al punto II, téngase presente el bien denunciado a embargo a cuyo efecto y para su toma de razón líbrese oficio a la Empresa S.E.I. con domicilio en la ciudad de Neuquén, haciendose efectiva la medida en el porcentaje establecido por ley hasta cubrir las sumas de $ 1.109,64 en concepto de capital con más la de $ 400 calculados para intereses y costas.-

Los fondos embargados deberán ser depositados y/o transferidos al BANCO PATAGONIA SA sucursal General Roca a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-

Oportunamente, notifíquese al demandado el embargo precedentemente ordenado.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro