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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37604
Fecha: 2007-06-11
Carátula: CREDIALLEN Ltda. c/MONCADA Gustavo M. S/ Ejecución de Sentencia (*)
Descripción: se ordena oficio.-
//neral Roca, 11 de JUNIO de 2007.-
Al punto I, agréguese y téngase presente.-
Al punto II, téngase presente el bien denunciado a embargo a cuyo efecto y para su toma de razón líbrese oficio a la Empresa S.E.I. con domicilio en la ciudad de Neuquén, haciendose efectiva la medida en el porcentaje establecido por ley hasta cubrir las sumas de $ 1.109,64 en concepto de capital con más la de $ 400 calculados para intereses y costas.-
Los fondos embargados deberán ser depositados y/o transferidos al BANCO PATAGONIA SA sucursal General Roca a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-
Oportunamente, notifíquese al demandado el embargo precedentemente ordenado.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro