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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0203/2006
Fecha: 2007-06-08
Carátula: RIQUELME MARIO CESAR C/ PARADA HORALDO S/ EJECUTIVO
Descripción: EMBARGO SUELDO
EXPTE. Nº 0203/2006
CARATULA: RIQUELME MARIO CESAR C/ PARADA HORALDO S/ EJECUTIVO
Viedma, junio de 2.007.-
Atento el estado de autos y lo solicitado, trábese embargo sobre los haberes que percibe el demandado HORALDO PARADA en las proporciones de ley, como empleado de PAVI FER S.A., hasta cubrir la suma de $ 3.402 en concepto de capital de sentencia, descontados que fueron los montos abonados (fs. 38/39), con más la suma de $ 772 presupuestados provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio a la mencionada firma, haciéndole saber que las sumas retenidas deberán ser depositadas en el Banco Patagonia S.A. a la orden del suscripto y como perteneciente a autos.-
s.b.s.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro