include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0140/2007
Fecha: 2007-06-08
Carátula: FIERRO MARIA ELENA C/ PAZOS ERLA GLADYS S/ EJECUTIVO
Descripción: SENT. REMATE
Viedma, junio de 2.007.-
Y VISTOS: Los presentes obrados caratulados: "FIERRO MARIA ELENA C/ PAZOS ERLA GLADYS S/ EJECUTIVO", Expediente Nº 0140/2007; y
CONSIDERANDO:
Que el título es ejecutivo (art. 523 inc. 5º del Código Procesal Civil y Comercial).-
Que la demandada no opuso excepciones en término, por lo que corresponde dictar sentencia de remate conforme lo dispone el último párrafo del art. 542 del Código Procesal Civil y Comercial.-
Por ello;
RESUELVO:
I.- Llevar adelante la ejecución en contra de ERLA GLADYS PAZOS, condenándola a pagar a MARIA ELENA FIERRO la suma de $ 3.572 en concepto de capital reclamado e intereses que resultan de promediar las tasas activa y pasiva que aplica el Banco de la Nación Argentina desde el 10/07/06 hasta el 31/05/07 (conforme S.T.J. in re "CALFIN"), y de allí en más, igual tasa hasta el efectivo pago.-
II.- Imponer las costas del presente juicio a la ejecutada (art. 68 del Código Procesal Civil y Comercial).-
III.- Regular los honorarios profesionales del Dr. Manuel Maza y Leandro Sferco, en conjunto, en la suma de $ 413. M.B.: $ 3.572, coef. 11% red. en un 25% y 40%. (Arts. 7, 9, 40, 47 y 49 de la Ley 2212). Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.- IV.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.-
a.p.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro