Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37416

N° Receptoría:

Fecha: 2007-06-08

Carátula: TARJETA AUTOMATICA S.A. c/ROCHA Ramón S/ Ejecutivo

Descripción: Sentencia Monitoria//A defensor Ausentes

EJECUTIVO: SENTENCIA MONITORIA

//neral Roca, 11 de junio de 2007.-

AUTOS Y VISTOS: Para resolver en estos autos caratulados "TARJETA AUTOMATICA S.A. c/ROCHA Ramón S/ Ejecutivo" (Expte. 37416).-

Teniendo en cuenta lo que resulta de la documentación acompañada y lo dispuesto en los arts. 520, 523 y 531 CPCC, corresponde dictar sentencia monitoria.

En consecuencia,

FALLO: Mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado RAMON ROCHA, haga al acreedor TARJETA AUTOMATICA S.A. íntegro pago del capital reclamado de $ 1.619,76, con más sus intereses, costos y costas de la ejecución (arts. 68 y 539 del CPC) difiriéndose la regulación de honorarios hasta tanto la presente sentencia se encuentre ejecutoriada.-

Notifíquese la presente al ejecutado, haciéndole saber que dentro del quinto día podrá oponer las excepciones previstas en el art. 544 CPC, lo que deberá hacerse en un solo escrito y conjuntamente con el ofrecimiento de prueba, bajo apercibimiento de ejecución (art. 542 CPC).-

A tal fin y cumplidas que se encuentran las publicaciones edictuales, designo al Señor Defensor de Ausentes para que lo represente en este proceso, sin perjuicio de tratar de hacer llegar a conocimiento del interesado de la existencia del juicio. En el mismo acto de la aceptación del cargo quedará notificado del traslado de la demanda, la cual tramitará según las normas del proceso ejecutivo.-

Hágase saber a las partes el derecho que le asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por Internet (conf. Acord. 112/03 del STJRN).-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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