Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0719/2006

N° Receptoría:

Fecha: 2007-06-07

Carátula: VIGGIANI SUSANA AMELIA C/ ADAME SARA RENEE S/ EJECUTIVO

Descripción: DESISTIMIENTO CON REGUL. HON.

EXPTE. Nº: 0719/2006.-

CARATULA: VIGGIANI SUSANA AMELIA C/ ADAME SARA RENEE S/ EJECUTIVO.-

Viedma, junio de 2007.-

Atento lo peticionado y de conformidad con lo previsto en los arts. 304 y 305 del C. Pr., tiénese a la parte actora por desistida de la acción y del derecho, con costas (art. 73 del C. Pr.). A los fines regulatorios deberá tomarse en cuenta los fundamentos expuestos y desarrollados en las resoluciones dictadas en los autos caratulados: "Schmitt Carlos Alberto c/ Lamas Alicia Ester y Otro s/ Ejecutivo" Expte. n° 1745/01/5 en fecha 15/10/04 mediante Auto Interlocutorio n° 503 folios 691/692 y "Martinez Juan Carlos c/ Curruhinca, Angel Cristino y Otro s/ Ejecutivo" Expte. nº 124/03 en fecha 07/03/05 mediante Auto Interlocutoria nº 30 folios 37/38, entre otros, por lo cual se regulan los honorarios profesionales del Dr. Gustavo J. Bronzetti Nuñez en la suma de $ 100. Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.-

Sin perjuicio de ello, acompáñese el mandamiento cuya constancia de retiro luce a fs. 14 vta..-

R.B.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro