Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0900/01/5

N° Receptoría:

Fecha: 2007-06-07

Carátula: CREDIL S.R.L. C/ CASTRO OSCAR SERGIO S/ EJECUTIVO

Descripción: APRUEBA LIQUID.-AMPLIA EMBARGO-OFICIO BCO.

EXPTE. Nº : 0900/01/5.-

CARATULA: "CREDIL S.R.L. C/ CASTRO OSCAR SERGIO S/ EJECUTIVO".-

VIEDMA, junio de 2007.-

No habiendo sido observada la liquidación practicada, apruébase la misma en cuanto ha lugar por derecho, la que calculada conforme detalle efectuado por la parte a fs. 76/77 asciende a la suma de $ 2.757,21 al 16-05-07.-

Atento lo solicitado, trábese embargo sobre los haberes que percibe el demandado, CASTRO OSCAR SERGIO como empleado del Poder Judicial de la Nación, en las proporciones de ley, hasta cubrir la suma de $ 1.512,29 en concepto de saldo de liquidación aprobada, con más la suma de $ 1.161 presupuestado provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio al organismo mencionado precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A..

Asimismo y en mérito a lo ordenado precedentemente, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A., a los fines de comunicarle que deberá entregar al Dr. Cristian E. Mildenberger, a su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos hasta la suma de $ 2.757,21 en concepto de monto de liquidación aprobada, e informar a este Tribunal en forma detallada, una vez finalizada la medida ordenada.-

R.B.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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Poder Judicial de Río Negro