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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37952
Fecha: 2007-06-07
Carátula: RANINQUEO Silvia Mariel S/ Beneficio de Litigar sin Gastos
Descripción: Beneficio-Inicio
//neral Roca, 07 de junio de 2007.-
Por presentado, parte y con domicilio.
Con citación a la contraria, proveyendo la prueba ofrecida (art. 80 del CPC),
TESTIMONIAL: Para la declaración de GABRIEL ENRIQUE FLORES, NESTOR RODOLFO FLORES y MARCELO ENRIQUE LIENDRO fíjase la audiencia del 26 de septiembre de 2007 a las 08:00 horas bajo apercibimiento de ser traído por la fuerza pública a la del día 11 de octubre de 2007 a las 09:00 horas. que se fija como supletoria. Notifíquese con transcripción del art. 431 del CPC, a cuyo efecto líbrense cédulas a esta ciudad .-
Notifiquese a los futuros demandados la iniciación de los presentes y las audiencias precedentemente ordenadas. A tal fin líbrense cédulas.-
Asimismo, pasen los presentes a la Delegación de RENTAS (acordada N° 10/03 art. 4 del STJ).
Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por Internet.(Conf.Acord.112/03 del STJRN).
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
Nota: de haberse depositado documental de fs. 8/12. Conste.-
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Poder Judicial de Río Negro