Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37381

N° Receptoría:

Fecha: 2007-06-07

Carátula: ASCANI Ciro Daniel c/LA BARDA S.A. S/ Usucapion

Descripción: a cedula

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CEDULA DE NOTIFICACION

LA BARDA S.A.

NEQUEUN 320

GENERAL ROCA

Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “AASCANI CIRO DANIEL C/LA BARDA S.A. S/USUCAPION" (37.381-III-06) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* UNICA a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se le libra la presente cédula a fin de notificarle la sentencia que dice: Gral Roca, 06 de junio de 2007....FALLO: Haciendo lugar a la demanda promovida por el Sr. CIRO DANIEL ASCANI contra la firma LA BARDA S.A. y en su consecuencia declarar adquirido por prescripción a favor del actor el inmueble identificado como lote 11 de la manzana 403, sección D ubicado en Arturo Pratt 2151 de la ciudad de General Roca, Provincia de Rio Negro, inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble Quinta II Tomo 571, Folio 162, Finca 118620, Designación Catastral Nº 05-1-D-403-11 y mensurado según plano 434/03 resgistrado en la Dirección General de Catastro, con una superficie de 408,53 m2 conforme plano de mensura.- Costas al actor.- Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Oportunamente practíquese liquidación de impuestos y contribuciones y líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble a los fines de la inscripción, previa acreditación de los libres deudas correspondientes.-Notifíquese y regístrese.- . -Fdo. Susana Teresa Burgos Juez.

Se acompaña copia de fs. 130/132.-

QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS

General Roca, 07 de junio de 2007.-

...............................................

María del C. Villalba

Secretaria

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CEDULA DE NOTIFICACION

Ascani Ciro Daniel

Dres. Barbara Sanchez PUlgar, Luis Ancalao Pulgar y Rodrigo Romera Bueno

Moreno 771 (CONSTITUIDO)

GENERAL ROCA

Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “AASCANI CIRO DANIEL C/LA BARDA S.A. S/USUCAPION" (37.381-III-06) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* UNICA a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se le libra la presente cédula a fin de notificarle la sentencia que dice: Gral Roca, 06 de junio de 2007....FALLO: Haciendo lugar a la demanda promovida por el Sr. CIRO DANIEL ASCANI contra la firma LA BARDA S.A. y en su consecuencia declarar adquirido por prescripción a favor del actor el inmueble identificado como lote 11 de la manzana 403, sección D ubicado en Arturo Pratt 2151 de la ciudad de General Roca, Provincia de Rio Negro, inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble Quinta II Tomo 571, Folio 162, Finca 118620, Designación Catastral Nº 05-1-D-403-11 y mensurado según plano 434/03 resgistrado en la Dirección General de Catastro, con una superficie de 408,53 m2 conforme plano de mensura.- Costas al actor.- Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Oportunamente practíquese liquidación de impuestos y contribuciones y líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble a los fines de la inscripción, previa acreditación de los libres deudas correspondientes.-Notifíquese y regístrese.- . -Fdo. Susana Teresa Burgos Juez.

Se acompaña copia de fs. 130/132.-

QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS

General Roca, 07 de junio de 2007.-

...............................................

María del C. Villalba

Secretaria

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