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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0687/2006
Fecha: 2007-06-06
Carátula: ITURRIAGA EVA DEL CARMEN C/ VENTUALA PAOLA NATALIA S/ DESALOJO
Descripción: rechaza prueba-traslado
EXPTE. N° 0687/2006
CARATULA: ITURRIAGA EVA DEL CARMEN C/ VENTUALA PAOLA NATALIA S/ DESALOJO
Viedma, junio de 2007.-
Atento el estado y constancias de autos, teniendo en cuenta lo que surge del acta de fs. 37 y toda vez que la prueba confesional ofrecida por la demandada resulta supérflua e innecesaria, a dicho medio probatorio no ha lugar (art. 364 -2º párrafo- C.Pr.).-
Asimismo y teniendo en cuenta que lo que ha solicitado la demandada mediante prueba de informes no esta controvertido ni forma parte del objeto del juicio y en tanto que dicha prueba resulta dilatoria e innecesaria, a la misma no ha lugar.-
En su mérito y no existiendo prueba pendiente de producción, córrase nuevo traslado a las partes por su orden por el término de ley. Notifíquese (conf. art. 489 inc. g) del C. Pr. ley 2208).-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro