Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 33784IV

N° Receptoría:

Fecha: 2007-06-06

Carátula: CREDIL S.R.L. c/CRUSELLE Carlos Alberto S/ Ejecutivo

Descripción: embargo de sueldo.-

//neral Roca, 06 de JUNIO de 2007.-

Téngase presente el bien denunciado a embargo a cuyo efecto y para su toma de razón líbrese oficio a la firma empleadora, haciendose efectiva la medida en el porcentaje establecido por ley hasta cubrir el capital más costas fijados a fs.80.-

Los fondos embargados deberán ser depositados y/o transferidos al BANCO PATAGONIA SA sucursal local a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-

Oportunamente, notifiquese al demandado el embargo precedentemente ordenado.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro