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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37097
Fecha: 2007-06-05
Carátula: TARJETA AUTOMATICA S.A. C/BOU ABDO Leandro S/ Ejecutivo
Descripción: embargo.-
//neral Roca, 05 de JUNIO de 2007.-
Téngase presente el bien denunciado a embargo a cuyo efecto y para su toma de razón líbrense oficios a las instituciones bancarias mencionadas todas sucursal General Roca, haciendose efectiva la medida por el capital más costas fijados a fs.7, debiendose abstener en caso de tratarse de cuenta sueldos.-
Los fondos embargados deberán ser depositados y/o transferidos al Banco Patagonia SA sucursal local a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-
Hagase saber al presentante que de efectivizarse el embargo en algunas de las instituciones bancarias denunciadas deberá abstenerse de la presentación de los oficios en las restantes.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro