Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37915

N° Receptoría:

Fecha: 2007-06-04

Carátula: RAMIREZ Gustavo Enrique c/MERCADO Liliana del Carmen S/ Desalojo

Descripción: inicio

General Roca, 04 de junio de 2007

Téngase presente lo manifestado y de la acción que se deduce que tramitará según las normas del proceso SUMARISIMO (art. 679 C.P.C.), traslado a la demandada por el término de CINCO días, a quien se cita y emplaza para que la conteste conforme a lo dispuesto en los arts. 486 del Código Citado y comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 59 del C.P.C.. Notifíquese a cuyo efecto líbrese cédula a General Roca.-

Hágase saber al Sr. Oficial Notificador que deberá dar cumplimiento con las disposiciones de los arts. 683/4 del C.P.C., los que se transcribirán en la cédula.-

Líbrese mandamiento de constatación como se solicita.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

NOTA: De haberse dado cumplimiento. CONSTE.-

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