Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 33500IV

N° Receptoría:

Fecha: 2007-06-04

Carátula: CREDITO CONFIANZA S.A. c/LAGAREJO Elena C. S/ Ejecutivo

Descripción: a cheque.-

//neral Roca, 04 de JUNIO de 2007.-

Al punto I, agréguese el cheque adjuntado sin percibir y anúlese el mismo.-

Agréguese el informe de saldo adjuntado.-

Al punto II, líbrese nuevo cheque a la orden de la Dra. ELIZABETH QUESADA por la suma de $ 69,75 en concepto de: a cuenta de honorarios por acrecidso regulados a fs.212 a las Dra.Fiselson y Quesada .-

Téngase presente la caución juratoria ofrecida para el inmediato libramiento del cheque.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

En la fecha se anuló cheque.CONSTE.

Él /06/07 se libro nuevo cheque No CONSTE.-

El /06/07 la Dra.Quesada retira cheque.CONSTE.-

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Poder Judicial de Río Negro