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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 33500IV
Fecha: 2007-06-04
Carátula: CREDITO CONFIANZA S.A. c/LAGAREJO Elena C. S/ Ejecutivo
Descripción: a cheque.-
//neral Roca, 04 de JUNIO de 2007.-
Al punto I, agréguese el cheque adjuntado sin percibir y anúlese el mismo.-
Agréguese el informe de saldo adjuntado.-
Al punto II, líbrese nuevo cheque a la orden de la Dra. ELIZABETH QUESADA por la suma de $ 69,75 en concepto de: a cuenta de honorarios por acrecidso regulados a fs.212 a las Dra.Fiselson y Quesada .-
Téngase presente la caución juratoria ofrecida para el inmediato libramiento del cheque.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
En la fecha se anuló cheque.CONSTE.
Él /06/07 se libro nuevo cheque No CONSTE.-
El /06/07 la Dra.Quesada retira cheque.CONSTE.-
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Poder Judicial de Río Negro