Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0616/2006CPA

N° Receptoría:

Fecha: 2007-06-01

Carátula: ESPERON LETICIA C/ BARILA LAUREANO DAMIAN Y OTROS S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Descripción: OFICIO CAMARA REMOCION

PODER JUDICIAL

RIO NEGRO

Viedma, junio de 2.007.-

OFICIO Nº _____/07

Al Señor Presidente

de la Cámara de Apelaciones en lo Civil

Dr. Gustavo A. Azpeitia

SU DESPACHO.-

Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en los autos caratulados: "ESPERON LETICIA C/ BARILA LAUREANO DAMIAN Y OTROS S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)" (Expte. n° 0616/2006CPA), que tramitan ante el Juzgado Civil Nº 3 a mi cargo, Secretaría Unica, a efectos de comunicarle, conforme lo dispuesto en el art. 469 del C.Pr., que los peritos chapista y accidentológico, sres. Juan Carlos Leuze y Pablo Ezequiel Lizasoain, respectivamente, no han aceptado correspondiente cargo para los que fueran designados en las presentes actuaciones.-

Asimismo informo que no presentaron ninguna justificación o excusación para la aceptación del cargo. Se adjuntan fotocopias certificadas de las piezas pertinentes.-

Dios guarde a Ud.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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