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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 29375III
Fecha: 2005-08-10
Carátula: CARLOS ISLAS y cía. SA c/ESPONDA Eduardo A. S/ Ejecutivo
Descripción: Denuncia a embargo
//neral Roca, 10 de AGOSTO de 2005.-
Téngase presente el bien denunciado a embargo a cuyo efecto y para su toma de razón líbrese oficio al Juzgado Civil Cinco, a fin de que haga efectivo el mismo sobre el remanente que le corresponda al demandado en autos “BANCO DE LA PAMPA c/ESPONDA EDUARDO s/EJECUTIVO” (Expte. N* 20.436-V-95) hasta cubrir a suma de $ 94.038,25 en concepto de capital con más la de $28.200.- que se presupuestan para costas, haciéndose saber que los fondos deberán ser transferidos a la cuenta de autos del Banco Patagonia SA, sucursal local y a la orden del Tribunal.-
Oportunamente, notifíquese a la demandada el embargo ordenado.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro